El Fondo permitirá una intervención inmediata ante posibles impactos colectivos, emergencias o zonas degradadas. Será financiado con recursos provenientes de multas y tributos ambientales, indemnizaciones judiciales, aportes por declaraciones de impacto ambiental, créditos, donaciones y recuperos legales.

La ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre, presentó ante la Legislatura provincial un proyecto de ley para la creación del Fondo de Compensación Ambiental de Mendoza, cuyo objetivo es dotar a la Provincia de una herramienta ágil y específica para actuar de manera inmediata frente a daños ambientales colectivos, asegurar la restauración de ecosistemas afectados y promover políticas preventivas dentro de un marco de desarrollo sustentable.

La ministra ingresó el proyecto por Mesa de Entradas acompañada por el equipo de la Dirección de Minería; la vicegobernadora Hebe Casado; el intendente de Las Heras, Francisco Lo Presti; el intendente de Malargüe, Celso Jaque; el presidente provisional del Senado, Martín Kerchner, y el presidente de la Cámara de Diputados, Andrés Lombardi.

“Este fondo va en consonancia con la manda otorgada por la Ley General del Ambiental de la Nación 25675, que en su artículo 34 instituye la obligación de crear, por ley especial de la provincia, el Fondo de Compensación Ambiental”, explicó Latorre.

El Fondo será administrado por el Ministerio de Energía y Ambiente, que actuará como autoridad de aplicación. La reglamentación establecerá el sistema de gestión financiera, mecanismos de control, modalidad de depósito y procedimientos para su utilización.

Los recursos podrán destinarse a la restauración o mitigación de daños ambientales de incidencia colectiva cuando los responsables sean insolventes o no estén determinados; a acciones de compensación para recomponer áreas afectadas por actividades industriales; a la atención de emergencias ambientales y a la ejecución de obras de recomposición ecológica que beneficien a comunidades afectadas.

Cuando en sede judicial se impongan indemnizaciones por daño ambiental sin un destino específico, los montos serán depositados en el Fondo para su uso conforme al objeto legal.

Cómo se compondrá el Fondo

El proyecto establece que los recursos provendrán de:

• Multas, tasas y tributos vinculados a normativa ambiental provincial.
• Indemnizaciones judiciales por daños ambientales.
• Aportes exigidos en declaraciones de impacto ambiental.
• Subsidios, donaciones, convenios y legados.
• Créditos nacionales o internacionales destinados a prevención, mitigación o restauración ambiental.
• Asignaciones establecidas por leyes especiales.
• Recuperos obtenidos mediante acciones legales contra responsables de daños.
• Rentas o inversiones realizadas con los bienes del Fondo.

Asimismo, el proyecto declara la exención total de impuestos provinciales y municipales sobre los recursos y dispone su inembargabilidad para asegurar su destino exclusivo a la recomposición ambiental.

Intervención inmediata y recuperación de costos

La propuesta permite al Estado intervenir sin demoras para detener daños, ejecutar acciones de reparación y prevenir su propagación, aun cuando el responsable no esté identificado o no pueda afrontar los costos. Una vez determinada la responsabilidad, la ley habilita acciones de repetición para recuperar las erogaciones realizadas.

El Ministerio de Energía y Ambiente destacó que este proyecto ordena la respuesta institucional frente a contingencias ambientales, alinea a Mendoza con los estándares nacionales y garantiza el principio de prevención y reparación como pilares del desarrollo sustentable.

El texto invita al Departamento General de Irrigación y a las municipalidades a adherir y destinar recursos al Fondo y establece un plazo de 180 días para la reglamentación posterior a su promulgación.